Ingresado el miércoles 13 de mayo de 2020 por Repensando San Isidro

Modificación del Art. 51 de la Ordenanza Fiscal de 2020

Estado:En comisión - Presupuesto y Hacienda
Facultase al Departamento Ejecutivo a establecer dos fechas de vencimiento; la primera con descuento por pago anticipado y la segunda con valor neto para el pago de cuotas de tasas con vencimientos periódicos. Cuando la naturaleza de la cuestión o las circunstancias del caso lo justifiquen, el Departamento Ejecutivo podrá aceptar el monto del pago anticipado como cancelatorio del periodo abonada. El Departamento Ejecutivo otorgará un descuento del 20% en las últimas tres cuotas bimestrales del corriente año de la Tasa efe ABL a todo contribuyente que abone la suma total de las mismas antes del último dia hátlil de junio

¡Tu opinión es importante!

Suscribite y mantente informado de los proyectos más importantes de San Isidro y tu barrio