Ingresado el miércoles 7 de noviembre de 2018 por Frente de Todos

Estableciendo términos máximos para la contestación por escrito de los pedidos de informes al D:E

Estado:En comisión - Legislación, Interpretación y Reglamento
a) La requisitoria que emane del Cuerpo Legislativo Municipal y se dirija al Departamento Ejecutivo o al área que corresponda por Pedido de Informes, deberá ser respondida en un plazo de veinte (30) días hábiles, o en tiempo explicitado en el articulado de la Comunicación. . b) Para el supuesto de no ser respondida el Pedido de Informes en el plazo precitado, se reiterará la solicitud correspondiente; debiendo ser inexcusablemente respondida en un plazo no mayor de diez (lO) días corridos siguientes a la recepción de la segunda requisitoria.

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